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Asesoria Laboral

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Categoría: Despido
ASUNTO: ERE

Consulta, 01/08/2011:

Mi jefe ha decidido hacer, plantear, o como quiera que se haga un ERE.

El caso es que a mediados de junio, su abogado nos dijo que todo estaba en marcha y que ese mes lo cobraríamos, pero los siguientes hasta que todo se decidiese no.

 

Algunos compañeros, como no pueden estar sin llevar dinero a sus casas han optado por despedirse y buscar trabajo por ahí. ¿Cómo es posible que la ley permita que un trabajador que necesita el dinero para llevarlo a su casa, tenga que trabajar sabiendo que no le van a pagar y si no lo hace le puedan despedir?

 

Yo no se que hacer. ¿Pueden ustedes asesorarme? ¿Qué debería hacer? Empiezo a estar muy desesperada. Muchas gracias por su ayuda.

 

 
Respuesta 02/08/2011:

Si la empresa ha presentado un ERE, se abre un periodo de consultas con los trabajadores (de no más de 30 días o de 15 días para las empresas de menos de 50 trabajadores). El periodo de consultas finaliza con acuerdo (estableciendo la indemnización acordada) o sin acuerdo. El contenido del mismo puede ser de suspensión temporal de los contratos o de extinción de los mismos. La indemnización mínima legal establecida es de 20 días por año de servicio, se puede pactar cualquier cantidad superior a esa, y el total de la indemnización acordada está exenta de tributar a Hacienda.

 

En ambos casos la Autoridad Laboral estudia el ERE y acaba dictando una Resolución en la que aprueba o no el ERE.

Una vez presentado el ERE por la empresa, si el trabajador quiere obtener la indemnización establecida, deberá esperar a que la Autoridad Laboral dicte la Resolución de extinción de contratos, si abandona su puesto de trabajo antes, será considerado una baja voluntaria.

 

 

Si la empresa no ha presentado todavía el ERE, y la empresa adeuda al menos 3 nóminas o se han producido retrasos continuados, el trabajador puede iniciar un procedimiento de extinción de su contrato (art. 50 Estatuto de los Trabajadores), con derecho a una indemnización de 45 días por año trabajado. El trabajador debe permanecer en su puesto de trabajo hasta que se dicte la Sentencia, si abandona su puesto de trabajo antes, será considerado una baja voluntaria.


 

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