Asesoria Laboral
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Categoría: Despido
ASUNTO: indemnización 20días/año en contrato por obra?
Consulta, 22/02/2012:
Tu contrato temporal de obra y servicio, tiene que tener una causa determinada que lo justifique. Si hace dos años estas trabajando en una obra que no se corresponde con lo especificado en el objeto de tu contrato temporal, esa contratación sería declarada en fraude de ley y por tanto de carácter indefinido.
Si la empresa te notifica un despido por causas objetivas, y puede justificar las causas que alega, la indemnización será de 20 días por año trabajado. A efectos prácticos la indemnización de ese supuesto despido objetivo está en relación con tu antigüedad y tu salario, es indiferente que tu contrato sea temporal o indefinido.
Si la empresa te notifica un traslado, y tu tienes un contrato de obra, puede optar por asumir el traslado o solicitar la extinción con una indemnización de 20 días. En el caso de extinguir, para evitar problemas con la prestación de desempleo, sería conveniente que la empresa hiciese reconocimiento expreso de que el contrato ha pasado a ser de carácter indefinido.
Directorio
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CORITEL, Pozuelo de alarcon
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EVERIS, Madrid
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ATOS ORIGIN, Madrid
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T-SYSTEMS, Grupo Deutsche Telekom, San sebastian
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INSA GS, Madrid
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INDRA SOFTWARE LABS, Badajoz
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IBM, Madrid
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Fecha: 20/11/2008
ASUNTO: Consulta laboral sobre cómo actuar ante un despido por...
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