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Salario
Asunto: Extinción de contrato y reclamación de cantidades por impago de nóminas
Consulta, 12-05-2010:

Buenos días, mi empresa me debe las dos últimas nóminas y parece que Mayo puede ser la tercera.

¿Qué puedo hacer en una situación como está?

Nunca antes habíamos pasado por algo parecio, aunque en lso últimos meses hemos tenido varios retrasos en el pago.

¿Puedo denunciar?

Un saludo, Gracias.


Respuesta, 14-05-2010:

La nueva Ley de Procedimiento Laboral que está en vigor desde el 4.05.10 , te permite interponer en una sola demanda la solicitud de “Extinción del contrato por impago y retrasos continuados en el pago (art. 50 ET)” y la de “Reclamación de Cantidad de las nóminas que te deben”.

Respecto a los impagos, la ley no establece cuantas nóminas es necesario que te adeuden para poder extinguir el contrato, pero la jurisprudencia ha establecido que con tres nóminas adeudadas tienes derecho a que se extinga tu contrato de trabajo con derecho a percibir una indemnización de 45 días por año trabajado y a obtener la prestación de desempleo que te corresponda.

En relación a los atrasos, es importante que hagas constar en la demanda la fecha en la que se te ha abonado cada nómina y los días de retraso acumulado con los que has cobrado.

Antes de interponer la demanda en el Juzgado de lo Social, estas obligado a interponer papeleta de conciliación ante el órgano administrativo correspondiente de tu Comunidad Autónoma.
 
Fecha: 14-05-2010Consulta completa
Asunto: Impago Salario y ley concursal
 
Fecha: 26-03-2010Consulta completa
Asunto: LABORAL IRPF
 
Fecha: 08-03-2010Consulta completa
Asunto: Deuda pendiente por salarios de la empresa con el trabajador
 
Fecha: 22-02-2010Consulta completa
Asunto: Reducción de jornada por guarda legal de un hijo menor de 8 años
 
Fecha: 28-12-2009Consulta completa
Asunto: Reducción de jornada
 
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