|
| |
| Histórico consultas |
Kombook es una red laboral de todos para todos, por lo que las consultas realizadas por otros usuarios se publican para que tú también puedas consultarlas.
Las consultas que se realizan a través de este apartado sólo tienen un caracter informativo. No pueden ni deben sustituir a la consulta presencial con profesionales del sector, la cuál Kombook siempre recomendará.
 Abril 2010: Kombook, Red Laboral premiada como una de las 100 Mejores Ideas del año por la revista Actualidad Económica
+info
| Salario |
|
| Asunto: Extinción de contrato y reclamación de cantidades por impago de nóminas |
Consulta, 12-05-2010:
Buenos días, mi empresa me debe las dos últimas nóminas y parece que Mayo puede ser la tercera.
¿Qué puedo hacer en una situación como está?
Nunca antes habíamos pasado por algo parecio, aunque en lso últimos meses hemos tenido varios retrasos en el pago.
¿Puedo denunciar?
Un saludo, Gracias.
|
Respuesta, 14-05-2010:
La nueva Ley de Procedimiento Laboral que está en vigor desde el 4.05.10 , te permite interponer en una sola demanda la solicitud de “Extinción del contrato por impago y retrasos continuados en el pago (art. 50 ET)” y la de “Reclamación de Cantidad de las nóminas que te deben”.
Respecto a los impagos, la ley no establece cuantas nóminas es necesario que te adeuden para poder extinguir el contrato, pero la jurisprudencia ha establecido que con tres nóminas adeudadas tienes derecho a que se extinga tu contrato de trabajo con derecho a percibir una indemnización de 45 días por año trabajado y a obtener la prestación de desempleo que te corresponda.
En relación a los atrasos, es importante que hagas constar en la demanda la fecha en la que se te ha abonado cada nómina y los días de retraso acumulado con los que has cobrado.
Antes de interponer la demanda en el Juzgado de lo Social, estas obligado a interponer papeleta de conciliación ante el órgano administrativo correspondiente de tu Comunidad Autónoma.
|
| |
|
| Fecha: 08-03-2010 | Consulta completa |
| Asunto: Deuda pendiente por salarios de la empresa con el trabajador |
| |
|
|
| Fecha: 22-02-2010 | Consulta completa |
| Asunto: Reducción de jornada por guarda legal de un hijo menor de 8 años |
| |
|
|
|
|
|
|